La edad de las víctimas de violencia machista baja hasta los 32 años
Desde el año 2015 las penas de prisión para los autores de crímenes machistas aumentaron hasta 20 años, dos años más respecto al año anterior, según informa el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), quienes han analizado 36 resoluciones sobre estos delitos.
Sin embargo, el dato más destacado del documento, elaborado desde el 2008, es que la edad de las víctimas de violencia de género es de 32 años, la más baja desde la fecha.
El informe también recoge que el 73% de las mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas tenían hijos. De los 37 descendientes recogidos en las sentencias, 23 eran menores de edad y 10 de ellos tenían menos de diez años. Además, cuatro de estos menores fueron testigos de la muerte de su madre. Respecto a años anteriores, en el año 2015 han incrementado los crímenes en situaciones en las que se mantenía la relación de afectividad o convivencia de la pareja, concretamente un 76% de casos.
En el 21% de los casos, la mujer había manifestado su intención de separarse del agresor. Por tanto, el Observatorio concluye que » la separación puede ser un factor de riesgo para las mujeres”. Otro de los motivos de agresión están relacionados con el poder y control, en concreto los celos de algunos de los agresores.
En cuanto a los escenarios, el informe recoge que la mayoría de las agresiones es el domicilio común de la víctima o del autor, esto fue así en 30 resoluciones y acabar en homicidio o asesinato.
El informe recoge que el perfil del agresor es español en 25 sentencias y en 13 era extranjero, con una edad media de 42 años. Por su parte, en cuanto a la nacionalidad de las víctimas, 28 eran españolas y 11 extranjeras.
El Observatorio destaca el reducido porcentaje de denuncias previas, apenas un 3% respecto al año 2014 con un 16%. Demostrando así que la víctima tiene la confianza de que las agresiones cesen. Por esta razón, el Observatorio considera una necesidad mejorar la información a las víctimas sobre cómo denunciar, al igual que mejorar los canales de detección de situaciones de riesgo.
Otro de los aspectos analizados por el Observatorio en las sentencias de los jurados y Audiencias Provinciales es la reducida o nula afectación de alteraciones psíquicas y de consumo de alcohol en los autores de crímenes de violencia de género. Además del aumento de los casos en los que el autor se entrega voluntariamente, beneficiándose así del artículo 21 del Código Penal y que el Observatorio pude que se suprima para los casos de violencia de género.